El Reglamento del Protocolo de Madrid, vigente desde el 1 de febrero de 2020, establece las normas detalladas para la presentación y tramitación de solicitudes internacionales de marcas bajo el Sistema de Madrid, administrado por la OMPI. Este reglamento armoniza los procedimientos y requisitos para facilitar la protección de marcas en múltiples países mediante una única solicitud, simplificando el proceso para los solicitantes y promoviendo la eficiencia administrativa. Incluye disposiciones sobre la presentación de solicitudes, la comunicación con la Oficina Internacional, los plazos para la notificación de decisiones y las formalidades requeridas, asegurando un marco coherente y predecible para la gestión internacional de marcas. En Chile, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) actúa como Oficina de Origen, permitiendo a los solicitantes nacionales acceder a este sistema global de protección de marcas.
INAPI – Directrices Marcas 2026
Directrices de Marcas (2026) tienen por objeto sistematizar y dar a conocer los procedimientos relacionados con la obtención, tramitación y mantenimiento de los registros marcarios, así como las prácticas y criterios aplicados por el Instituto Nacional de Propiedad...